Residentes

¿Soy un residente?

Usted es un residente si cualquiera de los siguientes aplica:

  • Está presente en California por un propósito que no es temporal o transitorio
  • Tiene su domicilio en California, pero está ubicado fuera de California por un propósito temporal o transitorio

Hay más factores para determinar la residencia. Visite Directrices para Determinar el Estado de Residente (Publicación FTB 1031) (en inglés) para más detalles.

¿Necesito presentar una declaración de impuestos?

Usted es gravado sobre todo ingreso sin importar la fuente.

Ingreso de fuentes incluye pero no se limita a:

  • Sueldos
  • Bienes
  • Servicios
  • Propiedad

Visite la publicación FTB Pub 1031 (en inglés) para más información.

Requisitos de presentación

Verifique su estado civil, edad y número de dependientes que le corresponda con las tablas del año tributario de 2020 a continuación.

Si su ingreso es mayor que la cantidad mostrada, usted necesita presentar una declaración de impuestos.

Ingreso bruto de California

Soltero o cabeza de familia
Edad a partir del 31 de diciembre de 2020* 0 dependientes 1 dependiente 2 o más dependientes
Menos de 65 años de edad $18,496 $31,263 $40,838
65 años de edad o más $24,696 $34,271 $41,931
Casado/RDP que presenta una declaración conjunta o por separado
Edad a partir del 31 de diciembre de 2020* 0 dependientes 1 dependiente 2 o más dependientes
Ambos tienen menos de 65 años de edad $36,996 $49,763 $59,338
Un cónyuge/RDP tiene 65 años de edad o más $43,196 $52,771 $60,431
Ambos tienen 65 años de edad o más $49,396 $58,971 $66,631
Viudo(a) calificado(a)
Edad a partir del 31 de diciembre de 2020* 0 dependientes 1 dependiente 2 o más dependientes
Menos de 65 años de edad N/A $31,263 $40,838
65 años de edad o más N/A $34,271 $41,931

Ingreso bruto ajustado de California

Soltero o cabeza de familia
Edad a partir del 31 de diciembre de 2020* 0 dependientes 1 dependiente 2 o más dependientes
Menos de 65 años de edad $14,797 $27,564 $37,139
65 años de edad o más $20,997 $30,572 $38,232
Casado/RDP que presenta una declaración conjunta o por separado
Edad a partir del 31 de diciembre de 2020* 0 dependientes 1 dependiente 2 o más dependientes
Ambos tienen menos de 65 años de edad $29,599 $42,366 $51,941
Un cónyuge/RDP tiene 65 años de edad o más $35,799 $45,374 $53,034
Ambos tienen 65 años de edad o más $41,999 $51,574 $59,234
Viudo(a) calificado(a)
Edad a partir del 31 de diciembre de 2020* 0 dependientes 1 dependiente 2 o más dependientes
Menos de 65 años de edad N/A $27,564 $37,139
65 años de edad o más N/A $30,572 $38,232

Si usted cumple los 65 años el 1 de enero de 2021, se considera que tiene 65 años de edad para el 31 de diciembre de 2020.

Requisitos de presentación para dependientes

Si usted puede ser reclamado como dependiente, usted tiene una deducción estándar diferente. No puede ser más que la deducción estándar normal. Su deducción estándar es la mayor de las siguientes cantidades:

  • Su ingreso ganado más $350, o
  • $1,100 para el año tributario

Qué formulario presentar

Residentes del año entero con un requisito de presentación deben presentar uno de los siguientes:

Use el Formulario 540 2EZ SP si:

  • Su estado civil es soltero, casado/RDP que presenta una declaración conjunta, cabeza de familia o viudo(a) calificado(a)
  • Usted tiene 0-3 dependientes
  • Su ingreso tributable es:
    • $100,000 o menos (soltero o cabeza de familia)
    • $200,000 o menos (casado/RDP que presenta una declaración conjunta o viudo[a] calificado[a])
  • Su ingreso proviene de:
    • Salarios, sueldos y propinas
    • Intereses, dividendos y pensiones tributables
    • Ganancias de capital provenientes de fondos mutuos (en el Formulario 1099-DIV, Recuadro 2a)
    • Becas de compensación de estudios y de desarrollo profesional (solo si es reportado en el Formulario W-2)
    • Desempleo
    • Seguro de Permiso Familiar Pagado
    • Seguro Social de los EE.UU.
    • Nivel 1 y nivel 2 de jubilación ferroviaria
  • No hay ajustes al ingreso total
  • Usted usa solamente la deducción estándar
  • Sus pagos son solamente retenidos del impuesto sobre el ingreso de California mostrados en el(los) Formulario(s) W-2 y 1099-R
  • Sus exenciones son:
    • Exención personal
    • Exención de persona de la tercera edad
    • Exención de hasta tres dependientes
  • Sus únicos créditos son del crédito de inquilino no reembolsable y el crédito tributario por ingreso del trabajo de California reembolsable

Usted no puede usar el Formulario 540 2EZ SP si usted o su cónyuge pueden ser reclamados como dependientes por otro contribuyente y:

  • Usted tiene un dependiente propio
  • Usted es soltero y su ingreso total es menor que, o igual a $15,251
  • Usted es casado/RDP que presenta una declaración conjunta o viudo(a) calificado(a) y su ingreso total es menor que, o igual a $30,552
  • Usted es cabeza de familia y su ingreso total es menor que, o igual a $21,652
  • Usted está requerido a usar una deducción estándar modificada para dependientes

De lo contrario, use el Formulario 540.

Visite el Folleto 540 2EZ SP o el Folleto 540 (en inglés) para más información.

Retención

Retención es el impuesto previamente retenido de sus ingresos.

Visite Directrices de Retención para Residente y No Residente (FTB 1017) (en inglés)

Deducciones

Deducciones son ciertos gastos que podrían reducir su ingreso tributable.

Visite la página Deducciones para más información.

Créditos

Un crédito tributario le ayudará a reducir la cantidad de impuesto que usted podría deber.

Visite nuestro Crédito para individuos (en inglés) para más información.

Bienes mancomunados

California es un estado de bienes mancomunados. Si el cónyuge es un residente de California y el otro no, se le podría requerir que reporte el ingreso ganado fuera de California.

Visite Directrices para Determinar el Estado de Residente (Publicación FTB 1031) (en inglés) para más información.